Friday, February 22, 2019

La debida diligencia de derechos humanos: La Empresa Universitaria/Human Rights Due Diligence: The Enterprise of the University




It was my great good fortune to have been invited by the University of Seville's law faculty to speak about the emerging issues of human rights due diligence.  Human rights due diligence forms the heart of the responsibilities of enterprises to respect human rights as enshrined in the U.N. Guiding Principles for Business and Human Rights, and through them to the obligations of enterprises under the OECD's Guidelines for Multinational Enterprises.  At the same time, the due diligence required of enterprises with respect to the human rights consequences of the economic activities is missing from the state's paramount duty to protect human rights under the UNGPs--with respect to which state's retain the authority to order their approach under their constitutional systems, constrained by their capacity and political ideology, as well as the calculus of their ruling parties (as those may change form time to time ).
Fue una gran placer haber sido invitado por la facultad de derecho de la Universidad de Sevilla con intento de considerar los problemas emergentes de la diligencia debida en materia de derechos humanos. La debida diligencia en materia de derechos humanos constituye el núcleo de las responsabilidades de las empresas de respetar los derechos humanos consagrados en los Principios Rectores de las Empresas y los Derechos Humanos de la UN. Al mismo tiempo, la debida diligencia requerida de las empresas con respecto a las consecuencias para los derechos humanos de las actividades económicas falta en el deber primordial del estado y sus obligaciones de proteger los derechos humanos en cuenta de los UNGPs, con respecto a qué estado conservan la autoridad para ordenar su enfoque bajo sus sistemas constitucionales, restringidos por su capacidad e ideología política, así como el cálculo de sus partidos gobernantes (ya que estos pueden cambiar de un momento a otro). 
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The subject has been an area of focus for the UN's Working Group for Business and Human Rights and the subject of its last report to the General Assembly, "Corporate human rights due diligence – emerging practices, challenges and ways forward" (my more specific comments on which follow in a future post).   The Working Group centers its study on an aspirational approach to the possibilities of human rights due diligence and its broadest transposition into systems of legal regulation. That approach sought to aid in the convergence of frameworks and approaches to human rights to due diligence that includes the OECD Due Diligence Guidance for Responsible Business Conduct. Both provide generalized guides for approaching the issue of HRDD, but neither provides guidance for the issues of implementation beyond the most general approaches to structure. And they differ in the sense that the UNGPs focus on human rights risks and the OECD focuses on business risks with respet to the same conduct.
El tema ha sido un área de enfoque para el Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos y el tema de su último informe a la Asamblea General, "Diligencia debida sobre derechos humanos corporativos: prácticas emergentes, desafíos y formas de avanzar" (Mis comentarios más específicos en el que seguiremos en un futuro post). El Grupo de Trabajo centra su estudio en un enfoque aspiracional a las posibilidades de diligencia debida en materia de derechos humanos y su transposición más amplia a los sistemas de regulación legal. Ese enfoque buscó ayudar a la convergencia de marcos y enfoques de derechos humanos a la diligencia debida que incluye la Guía de diligencia debida de la OCDE para una conducta empresarial responsable. Los dos proporciona guías generalizadas para abordar el tema del DRHD, pero ninguno proporciona orientación para los problemas de implementación Más allá de los enfoques más generales de la estructura. Y difieren en el sentido de que los UNGPs se enfocan en los riesgos de derechos humanos y la OCDE se enfoca en los riesgos de negocios con respecto a la misma conducta.
Yet those issues of implementation are critical to HRDD.  To that end, it might be useful to begin to think about ways of modeling HRDD within complex organizations. For that purpose I chose the modern American university as a model.  It presents most of the complexities of major multinational enterprises yet it has been neglected as an economic and human rights actor.  It presents as well the meeting points between private institutions and state instrumentalities, and between private commercial and religious organizations. My initial thoughts on those convergences and the insights they provide for the organization of HRDD were presented  as La debida diligencia de derechos humanos y la empresa universitaria/Human Rights Due Diligence and the University Enterprise.
Sin embargo, esos problemas de implementación son críticos para HRDD. Con ese fin (de la resolución de esas problematicas), podría ser útil comenzar a pensar en formas de modelar HRDD dentro de organizaciones complejas. Para ello elegí como modelo la universidad americana. Esas instituciones presentan la mayor parte de las complejidades de las grandes empresas multinacionales, sin embargo, se ha descuidado como un actor económico y de derechos humanos. También presentan los puntos de encuentro entre instituciones privadas e instituciones estatales, y entre organizaciones privadas comerciales y religiosas. Mis reflexiones iniciales sobre esas convergencias y las ideas que proporcionan para la organización del HRDD se presentaron como La debida diligencia de los derechos humanos y la empresa universitaria / La diligencia debida en materia de derechos humanos y la Empresa universitaria
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Great thanks to Carmen Márquez Carrasco, Catedrática de Universidad del Departamento de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales, for organizing the event, as well as for her leadership in this field.  The PowerPoints of the presentation follow in English and Castellano.

Muchas gracias a Carmen Márquez Carrasco, Catedrática del Departamento de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales, por organizar el evento, así como por su liderazgo en este campo. Los PowerPoints de la presentación siguen en inglés y castellano.
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